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NKE » Topics » Reconocimiento de la Ley Laboral. Estas disposiciones complementan el apartado 9 del Acuerdo:This excerpt taken from the NKE 10-K filed Jul 27, 2009. Reconocimiento de la Ley Laboral. Estas disposiciones complementan el apartado 9 del Acuerdo: Por medio de la aceptación de la Opción, quien tiene la opción manifiesta que entiende y acuerda que cualquier modificación del Plan o su terminación no constituye un cambio o desmejora en los términos y condiciones de empleo. Declaración de Política. La invitación por parte de la Compañía bajo el Plan es unilateral y discrecional y, por lo tanto, la Compañía se reserva el derecho absoluto de modificar y discontinuar el mismo en cualquier momento, sin ninguna responsabilidad. La Compañía, con oficinas registradas ubicadas en One Bowerman Drive, Beaverton OR, 97005, EE.UU., es la única responsable por la administración del Plan y de la participación en el mismo y, en el caso del que tiene la opción, la adquisición de acciones no establece de forma alguna, una relación de trabajo entre el que tiene la opción y la Compañía, ya que la participación en el Plan por parte del que tiene la opción es completamente comercial y el único patrón es NIKE de Mexico S.A. de C.V., Ontario 1107, Col. Providencia, C.P. 44630, Guadalajara, Mexico, CP 44620, así como tampoco establece ningún derecho entre el que tiene la opción y el patrón. Reconocimiento del Plan de Documentos. Por medio de la aceptación de la Opción, el que tiene la opción reconoce que ha recibido copias del Plan, que el mismo ha sido revisado al igual que la totalidad del Acuerdo y, que ha entendido y aceptado las disposiciones contenidas en el Plan y en el Acuerdo. Adicionalmente, al firmar el Acuerdo, el que tiene la opción reconoce que ha leído, y que aprueba específica y expresamente los términos y condiciones contenidos en el apartado 9 del Acuerdo, sección en la cual se encuentra claramente descrito y establecido lo siguiente: (i) la
participación en el Plan no constituye un derecho adquirido; (ii) el Plan y la participación en el mismo es ofrecida por la Compañía de forma enteramente discrecional; (iii) la participación en el Plan es voluntaria; y (iv) la Compañía, así como su sociedad controlante, subsidiaria or filiales no son responsables por cualquier detrimento en el valor de las acciones en relación con la Opción. Finalmente, por medio de la presente quien tiene la opción declara que no se reserva ninguna acción o derecho para interponer una demanda en contra de la Compañía por compensación, daño o perjuicio alguno como resultado de la participación en el Plan y en consecuencia, otorga el más amplio finiquito a su patrón, así como a la Compañía, a su sociedad controlante, subsidiaria or filiales con respecto a cualquier demanda que pudiera originarse en virtud del Plan. |
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